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Claudia Frias hija de Jorge Frias será la diputada del PRM SDE

 


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Herencia legislativa: La práctica habitual de suceder a los congresistas fallecidos por la vía familiar

​La designación de familiares directos —esposas, hijos o hijas— para ocupar la curul vacante de un legislador fallecido se ha consolidado como una práctica recurrente en la cultura política de la República Dominicana. Aunque constitucionalmente los escaños pertenecen a las organizaciones políticas, la tradición partidaria suele inclinarse por otorgar el cargo al núcleo familiar más cercano del congresista difunto.

Casos de cónyuges en el hemiciclo

​Entre los precedentes de sustitución conyugal destacan:

  • Marta de Jesús Collado de López (2022): Asumió la representación legislativa tras el fallecimiento de su esposo, el diputado por Mao (provincia Valverde), José Francisco López Chávez. El Partido Revolucionario Moderno (PRM) presentó una terna liderada por Collado, propuesta que fue ratificada por la Cámara de Diputados.
  • Juan Martínez Estrella (2020): Bajo la misma dinámica institucional, Martínez ocupó la curul de su esposa fallecida, la diputada por San Pedro de Macorís, Inés Bryant. Fue nominado por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y juramentado formalmente en el Congreso Nacional.

Sucesión por vía filial

​La continuidad de los escaños también se ha extendido a los descendientes directos:

  • Claudia Frías (2026): Tras el deceso del veterano legislador de Santo Domingo Este, Jorge Frías, las altas instancias del PRM determinaron por consenso que su hija mayor ocupara la vacante en la Cámara Baja, manteniendo la representación de la demarcación en la línea familiar.
  • Nidio Encarnación: Asumió la curul de su madre, la diputada por San Juan, Eufrasia Santiago Merán, quien se retiró del cargo debido a complicaciones de salud previas a su deceso.

Casos de retención institucional y liderazgo partidario

​Existen ejemplos donde la propuesta partidaria abarca a todo el círculo familiar o trasciende al ámbito directivo:

  • Sucesión del diputado Pablo Adón (2012): Tras su fallecimiento, la terna remitida por su partido integró exclusivamente a su viuda, Aracelis Duarte, y a sus hijos, Joharlen y Aldoneris Adón Duarte, evidenciando el criterio de reserva familiar para el cargo.
  • Karina Aristy: Aunque en el plano de la estructura orgánica y municipal, la hija del histórico dirigente de La Altagracia, Amable Aristy Castro, asumió la presidencia del Partido Liberal Reformista (PLR) tras la muerte de su progenitor.

Marco constitucional y debate social

​El artículo 77 de la Constitución de la República Dominicana establece que las vacantes legislativas deben cubrirse mediante la elección de un candidato dentro de una terna presentada por el organismo directivo del partido que postuló al legislador saliente.

​Si bien los partidos cumplen con el requisito formal de enviar tres candidatos, la práctica habitual de encabezar la lista con un pariente directo genera debate entre juristas y politólogos. Diversos analistas señalan que este mecanismo bordea el nepotismo político y desplaza la meritocracia interna de las parcelas partidarias, así como el mandato representativo otorgado originalmente por los electores.

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