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ANÁLISIS PREVISIONAL / SEGURIDAD SOCIAL EN LA REPÚBLICA DOMINICANA
La nueva normativa del Consejo Nacional de Seguridad Social abre la puerta para que miles de servidores públicos traspasen sus fondos al Régimen de Reparto, pero plantea importantes desafíos económicos y operativos.
POR REDACCIÓN / PERIODISMO DIGITAL
Santo Domingo, R.D.
El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) marcó un hito en la administración del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) al emitir la Resolución 643-02. Esta medida busca destrabar un problema histórico que afectaba a miles de servidores públicos calificados como afiliados de "ingreso tardío", quienes se veían impedidos de acceder a una pensión del Estado si previamente habían retirado los fondos de sus Cuentas de Capitalización Individual (CCI) en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
La resolución autoriza explícitamente el reintegro o devolución de los fondos acumulados y previamente retirados, abriendo la vía formal para que estos trabajadores puedan ser traspasados al Régimen de Reparto Estatal (Ley 379-81 y Ley 87-01) y calificar a una jubilación digna.
Un alivio histórico: Las implicaciones a favor
Desde la perspectiva de los derechos laborales, la resolución representa una conquista significativa en favor de la clase trabajadora:
- Restablecimient
o de derechos fundamentales: Revierte la penalización implícita que sufrían aquellos servidores que, por desinformación o urgencia económica, solicitaron la devolución de sus aportes en las AFP. Al permitir devolver esos recursos, se les habilita el acceso a las pensiones estatales, cuyas tasas de reemplazo suelen ser considerablemente más elevadas que el rendimiento de las cuentas individuales. - Respeto a la irrenunciabilidad de los derechos: La decisión reafirma el principio constitucional y de la Ley 87-01 sobre la inalienabilidad del derecho a la pensión, garantizando que el retiro temporal de fondos no extinga la protección social del afiliado.
- Respuesta a una demanda social: La medida atiende reclamos impulsados de forma reiterada por la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) y gremios de pensionados, beneficiando directamente a trabajadores de avanzada edad.
Los desafíos: La barrera económica y el reto burocrático
A pesar del avance normativo, diversos analistas y sectores sociales advierten que la implementación de la Resolución 643-02 enfrenta serios obstáculos prácticos:
- La barrera de la liquidez: El principal reto para los trabajadores radica en la obligación de reintegrar la totalidad de los recursos previamente percibidos. Para un gran número de extitulares o envejecientes que ya consumieron esos fondos en necesidades básicas, reunir nuevamente esa suma global representa una traba financiera difícil de superar.
- La regulación de la SIPEN: La normativa fijó un plazo para que la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) elabore el procedimiento técnico aplicable. Existe preocupación sobre si los trámites exigidos resultarán ágiles o si, por el contrario, se convertirán en un cuello de botella burocrático para los solicitantes.
- Sostenibilidad del sistema público: El retorno masivo de servidores al Régimen de Reparto incrementará la presión sobre el Presupuesto General del Estado, exigiendo una gestión fiscal eficiente para garantizar el pago oportuno de estas obligaciones previsoras.
Un ajuste necesario al marco de la Ley 87-01
Frente a la rigidez original del marco de la Ley 87-01, que no contemplaba con claridad un mecanismo de retorno tras el retiro de fondos de ingreso tardío, la Resolución 643-02 actúa como un corrector institucional.
El éxito real de esta medida no se medirá únicamente en su promulgación, sino en la flexibilidad de los reglamentos de la SIPEN y en la facilidad con la que los trabajadores afectados puedan completar el proceso de reintegro para materializar, finalmente, el retiro digno al que tienen derecho.

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PERIODISMO DOMINICANO
Idel Moro es Lic. Ramon Nuñez Moreta - Periodista. egresado UASD.