Advertisement

Últimas Noticias
Cargando últimas noticias...

TC condena a la JCE al pago de RD$2.8 millones por limitar uso de un acta de nacimiento

​El Tribunal Constitucional (TC) dictaminó que la Junta Central Electoral (JCE) deberá indemnizar con RD$2,886,000 a la ciudadana Esthefpanie Casado Díaz por incumplir una sentencia de amparo que obligaba a la institución a expedir su acta de nacimiento y la de sus dos hijas sin restricciones.

​La sanción económica, denominada astreinte, se calculó a razón de RD$2,000 diarios durante 1,443 días, abarcando el periodo desde la notificación del amparo (24 de febrero de 2021) hasta el depósito del recurso de revisión (6 de febrero de 2025).

​El origen del conflicto judicial

  • ​Amparo inicial y emisión limitada: En febrero de 2021, un juzgado de Azua ordenó a la JCE entregar los documentos. Aunque la Junta emitió las actas, les añadió la restricción: "autorizada a expedir única y exclusivamente para fines judiciales". Casado Díaz denunció que esta limitante violaba sus derechos civiles.
  • ​Alegato de la JCE: La institución justificó la restricción y el bloqueo del documento alegando una investigación por presunta doble declaración de nacimiento de la ciudadana.
  • ​Proceso de nulidad: Un tribunal de Azua anuló el acta de Casado Díaz en diciembre de 2022 a solicitud de la JCE. Sin embargo, la Corte de Apelación de San Cristóbal revocó esta decisión posteriormente, ordenando la entrega definitiva y sin restricciones de los documentos.

​Fallo del Tribunal Constitucional

​El TC concluyó que entregar un acta de nacimiento con limitantes de uso constituye un incumplimiento directo de una orden judicial. El tribunal determinó que, al verificarse el vencimiento del plazo y la negativa de la JCE a acatar el amparo original en su totalidad, procedía la liquidación de la sanción económica acumulada a favor de la afectada.


Publicar un comentario

0 Comentarios