TC condena a la JCE al pago de RD$2.8 millones por limitar uso de un acta de nacimiento
El Tribunal Constitucional (TC) dictaminó que la Junta Central Electoral (JCE) deberá indemnizar con RD$2,886,000 a la ciudadana Esthefpanie Casado Díaz por incumplir una sentencia de amparo que obligaba a la institución a expedir su acta de nacimiento y la de sus dos hijas sin restricciones.
La sanción económica, denominada astreinte, se calculó a razón de RD$2,000 diarios durante 1,443 días, abarcando el periodo desde la notificación del amparo (24 de febrero de 2021) hasta el depósito del recurso de revisión (6 de febrero de 2025).
El origen del conflicto judicial
- Amparo inicial y emisión limitada: En febrero de 2021, un juzgado de Azua ordenó a la JCE entregar los documentos. Aunque la Junta emitió las actas, les añadió la restricción: "autorizada a expedir única y exclusivamente para fines judiciales". Casado Díaz denunció que esta limitante violaba sus derechos civiles.
- Alegato de la JCE: La institución justificó la restricción y el bloqueo del documento alegando una investigación por presunta doble declaración de nacimiento de la ciudadana.
- Proceso de nulidad: Un tribunal de Azua anuló el acta de Casado Díaz en diciembre de 2022 a solicitud de la JCE. Sin embargo, la Corte de Apelación de San Cristóbal revocó esta decisión posteriormente, ordenando la entrega definitiva y sin restricciones de los documentos.
Fallo del Tribunal Constitucional
El TC concluyó que entregar un acta de nacimiento con limitantes de uso constituye un incumplimiento directo de una orden judicial. El tribunal determinó que, al verificarse el vencimiento del plazo y la negativa de la JCE a acatar el amparo original en su totalidad, procedía la liquidación de la sanción económica acumulada a favor de la afectada.
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PERIODISMO DOMINICANO
Idel Moro es Lic. Ramon Nuñez Moreta - Periodista. egresado UASD.